⚖️Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) · Murcia y San Javier

Ley de Segunda Oportunidad en Murcia: Cancele sus Deudas y Empiece de Cero

Si los préstamos personales, tarjetas revolving, microcréditos o deudas de negocio le impiden vivir con tranquilidad, la ley concursal le ampara. Obtenga la cancelación legal definitiva de sus deudas con asesoramiento letrado y económico directo.

Defensa Financiera y Legal

Al ser Licenciado en Derecho y Licenciado en Ciencias Económicas, no me limito a rellenar formularios judiciales: audito su pasivo, defiendo su patrimonio frente a los acreedores y protejo su vivienda habitual con rigor financiero.

Colegiado Núm. 2477

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soluciones reales frente a las deudas

Fases y Beneficios de la Segunda Oportunidad

Procedimiento legal ante los Juzgados de lo Mercantil de Cartagena y Murcia para liberar a particulares y familias del sobreendeudamiento asfixiante.

Paralización de Embargos y Acoso

Desde el momento en que se admite a trámite la solicitud judicial, se suspenden de forma fulminante las ejecuciones forzosas sobre su nómina, cuentas bancarias y bienes, cesando además las llamadas de recobro.

  • FIn a las llamadas de acoso
  • Levantamiento de embargos

Cancelación Definitiva (EPI)

Consecución del Auto Judicial con la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Perdone legalmente préstamos personales, hipotecas impagadas, tarjetas de crédito y microcréditos para siempre.

  • Exoneración judicial firme
  • Sin necesidad de liquidar todo

Protección de Vivienda Habitual

Gracias a la modalidad de Exoneración mediante Plan de Pagos, es viable salvar la casa si la hipoteca se encuentra al día y la deuda pendiente supera o iguala el valor real de tasación del inmueble.

  • Conservación del techo familiar
  • Calendario de pagos asumible

Salida de ASNEF y Reactivación

Tras la sentencia judicial, tramitamos el borrado forzoso de sus datos en ficheros de morosos (ASNEF, RAI, Experian y CIRBE del Banco de España), restituyendo su solvencia financiera para contratar o pedir crédito.

  • Limpieza de ficheros de morosos
  • Recuperación de crédito

Juan de la Cruz Burgos Fernández

Abogado Colegiado Núm 2477

Ilustre Colegio de Abogados de Cartagena

MÉTODO DE TRABAJO CONCURSAL

Por qué gestionar su Segunda Oportunidad en un despacho unipersonal

En los últimos años han proliferado plataformas y macro-despachos que tratan la Ley de Segunda Oportunidad como una cadena de montaje comercial, donde el cliente es atendido por teleoperadores y nunca llega a conocer al abogado que firma su demanda.

En mi despacho en San Javier, usted tratará exclusivamente conmigo de principio a fin. Realizo una auditoría jurídica y económica personalizada de su caso, elaboro el inventario exacto de acreedores y defiendo sus intereses en sala judicial con un presupuesto cerrado, transparente y sin sorpresas.

Trato 100% Directo y Sin Intermediarios

Doble Visión Económica Y Letrada

Doble Visión Legal y Económica

RESOLVIENDO DUDAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes sobre la Segunda Oportunidad

Respuestas jurídicas claras sobre los requisitos, el perdón de deudas públicas y la protección de su patrimonio.

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Es imprescindible ser persona física (ya sea particular asalariado, pensionista o trabajador autónomo), encontrarse en una situación de insolvencia actual o inminente (no poder pagar las cuotas habituales), actuar como deudor de buena fe (no tener condenas por delitos contra el patrimonio, falsedad documental o contra Hacienda en los últimos 10 años) y que no se haya obtenido una exoneración similar en los 5 o 2 años anteriores.
¿Se pueden perdonar las deudas contraídas con Hacienda y la Seguridad Social?
Sí. Con el actual marco de la Ley Concursal se pueden cancelar hasta 10.000 euros con la Agencia Tributaria y otros 10.000 euros con la Seguridad Social (los primeros 5.000 euros al 100%, y a partir de ahí el 50% hasta llegar al límite). El resto de la deuda pública, en caso de superar esa cantidad, se estructura en un plan de pagos asumible a plazos.
¿Es posible conservar la vivienda habitual sin que sea subastada?

Para conservar la vivienda habitual es imprescindible mantener la cuota hipotecaria al corriente de pago para evitar ejecuciones bancarias. Además, si el valor de mercado del inmueble es inferior o similar a la deuda pendiente, se facilita su exclusión judicial al carecer de valor liquidable para los demás acreedores. Por último, la ley permite exonerar el resto del pasivo mediante un plan de pagos asumible a 3-5 años sin subastar la casa, siempre que se acredite solvencia para cubrir la hipoteca y los gastos básicos de subsistencia.

¿Cuánto tiempo tarda el procedimiento en los juzgados?
Tras la reforma que eliminó la fase obligatoria del mediador concursal ante notario, el proceso se presenta de forma directa ante los Juzgados de lo Mercantil. En la Región de Murcia, la resolución con el Auto definitivo de perdón suele demorar entre 5 y 10 meses según la carga de trabajo del juzgado.
¿Cómo y cuándo salgo de los registros de morosidad (ASNEF, RAI, CIRBE)?
Una vez dictado el Auto judicial firme de exoneración, el juzgado remite mandamiento o mi despacho se encarga de notificar directamente a ASNEF, Badexcug, Equifax y al Banco de España (CIRBE) para que eliminen todos sus apuntes de morosidad de forma obligatoria e inmediata, devolviéndole su historial crediticio en blanco.

UBICACIÓN Y CITAS

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